RESOLUCIÓN 631: Nueva norma de vertimientos

Esta nueva resolución es de obligatorio cumplimiento para todos aquellos ue en el desarrollo de sus actividades generen aguas residuales que vayan a ser vertidas a los ríos, embalses, lagunas, cuerpos de agua naturales o artificiales de agua dulce, y al sistema de alcantarillado público, para de esta forma, aportar al mejoramiento de la calidad del agua y trabajar en la recuperación ambiental de las arterias fluviales del país..

El control se realizará a partir de la medición de la cantidad de sustancias descargadas, y no la eficiencia del proceso, lo que va a permitir tener un parámetro fijo a cumplir según la actividad productiva.

En el caso partícular de las viviendas, se debe cumplir con los siguientes parametros:

  • pH= Entre 6.0 y 9.0
  • Demanda Química de Oxígeno (DQO): <= 200 mg/l
  • Sólidos Suspendidos Totales (SST): <=100 mg/l
  • Sólidos Sedimentables (Ssed): <= 5.0 ml/l
  • Grasas y Aceites (G&A): <= 20 mg/l

*La nueva norma de vertimientos reglamenta el artículo 28 del Decreto 3930 de 2010 y actualiza el decreto 1594 de 1984 (vigente hace 30 años).

Los sistemas de tratamiento biológico SAMM®, cumplen y superan las exigencias establecidas para el tratamiento de las aguas domésticas para poblaciones de hasta 2.500 personas así como residuales orgánicas industriales. Ver más

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